La Dirección de Comercio recuerda a los comerciantes de la localidad la vigencia y cumplimiento a la Ordenanza Nº 1840/17 de «Pirotecnia Cero». En caso de incumplir con las mismas se sancionará a los locales con hasta la clausura de los mismos.
La Ordenanza esclarece en su Artículo Nº 6 que «será reprimida con una multa de cuatro mil (4000) módulos la utilización, tenencia, acopio, exhibición y/o fabricación para uso particular y expendio al público de artificios de pirotecnia y cohetería». Además, estipula que «en caso de incumplimiento por parte de establecimientos comerciales, se determinará una multa establecida, la clausura del local de 15 a 30 días», y «en caso de reincidencia la clausura total del mismo».
Pedimos a los vecinos y vecinas buena voluntad en el cumplimiento de las ordenanzas para lograr una convivencia en sociedad más armoniosa.