La titular del Juzgado Federal de Caleta Olivia, Marta Yáñez, rechazó una acción de amparo presentada contra las resoluciones del Ente Nacional Regulador de Gas (ENARGAS) que establecieron el nuevo cuadro tarifario para los usuarios residenciales en localidades de los departamentos Deseado, Lago Buenos Aires, Magallanes y Río Chico.
El amparo había sido presentado por el fiscal de Estado de la Provincia, Ramiro Carrillo, y buscaba defender a los usuarios santacruceños frente a los aumentos en la tarifa del servicio que llegaron al 300% y que podría alcanzar en los próximos meses hasta un 800% de aumento.
En mayo pasado, la jueza se había pronunciado suspendiendo las resoluciones N°41/2024 de la Secretaría de Energía de la Nación y las 122/22024 y 224/2024 de Enargas donde se aumentaba el aumento del servicio. En aquella oportunidad, la magistrada ordenó a las empresas prestadoras que compensen los excedentes pagados por los usuarios.
Sin embargo, al estar en condiciones de firmar una resolución definitiva, Yáñez desestimó la acción. En su falló, dijo que “la acción de amparo no resulta la vía idónea para valorar y juzgar tamaña complejidad que ameritaría una mayor amplitud de debate y prueba”.
Asimismo, manifestó que juzgar la “gradualidad” de los aumentos, siguiendo la línea que trazó la Corte Suprema de Justicia en el fallo “Cepis”, solo puede efectuarse cuando “se encuentran incorporados a la causa suficientes argumentos fácticos y elementos probatorios, circunstancias que no se configuran en el caso bajo análisis”.
Además, la magistrada aclaró que la decisión adoptada “se limita a la ausencia de las cualidades indicadas (para el amparo)”. Y agrega en el texto: “Es decir, hace cosa juzgada sólo respecto de la acción de amparo, pero no implica un pronunciamiento de fondo sobre la validez o invalidez de la normativa cuestionada, quedando subsistente el ejercicio de las acciones judiciales por la vía de un proceso de mayor amplitud de conocimiento y prueba”.