La iniciativa propone declarar la emergencia económica, financiera y administrativa hasta diciembre de 2026. Incluye restricciones a aumentos salariales, suspensión de ingresos al Estado y la creación de un régimen voluntario de pasividad anticipada para trabajadores próximos a jubilarse.
El Poder Ejecutivo de Santa Cruz envió a la Honorable Cámara de Diputados un proyecto de ley que propone declarar la emergencia económica, financiera y administrativa del sector público provincial, con el objetivo de reorganizar el gasto del Estado y garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas.
La iniciativa ingresó por fuera del cierre del Orden del Día y tomará estado parlamentario en la Legislatura provincial. Según se desprende del texto, el Gobierno argumenta que la provincia atraviesa una situación de “extrema fragilidad fiscal”, producto de un gasto público corriente concentrado principalmente en salarios y prestaciones previsionales, con una estructura que no guarda relación con la evolución de los recursos.
En los fundamentos del proyecto se sostiene que este escenario generó un desequilibrio persistente que afecta la previsibilidad presupuestaria, limita la capacidad de gestión del Estado y expone a la administración pública a un deterioro progresivo.
De acuerdo con lo planteado por el Ejecutivo, la situación no responde a una dificultad circunstancial, sino al resultado acumulado de decisiones adoptadas durante años que ampliaron obligaciones permanentes sin respaldo financiero sostenible. En ese contexto, el proyecto apunta a ordenar la estructura de gastos para asegurar el pago regular de salarios, jubilaciones y servicios esenciales.
La propuesta establece en su primer artículo la declaración de la emergencia económica, financiera y administrativa hasta el 31 de diciembre de 2026, con la posibilidad de que el Poder Ejecutivo disponga una prórroga de hasta doce meses mediante un acto fundado.
Entre las herramientas previstas se contempla la reestructuración del gasto público con prioridad en áreas consideradas esenciales, como salud, educación, seguridad, previsión social y asistencia social. También se habilita la revisión de estructuras orgánicas, regímenes de adicionales y la renegociación de contratos, convenios y subsidios que impliquen erogaciones del Tesoro provincial.
Uno de los puntos centrales del proyecto establece que durante la vigencia de la emergencia quedará prohibida la aplicación de incrementos automáticos, cláusulas de indexación o mejoras remunerativas cuando no existan recursos presupuestarios y financieros disponibles para afrontarlas.
Además, la iniciativa plantea la suspensión del ingreso de personal al Estado provincial, salvo en casos de coberturas estrictamente necesarias, profesionales del sistema de salud o designaciones que cuenten con autorización fundada del Poder Ejecutivo.
El proyecto también establece que las áreas administrativas de Salud, Educación y Fuerzas de Seguridad deberán presentar, dentro de los treinta días de vigencia de la ley, un plan de priorización de gastos que clasifique las erogaciones en críticas o vitales, operativas necesarias o diferibles, con el objetivo de optimizar el uso de los recursos públicos.
Pasividad anticipada voluntaria
Otro de los ejes centrales de la iniciativa es la creación de un Régimen de Pasividad Anticipada Voluntaria destinado a trabajadores estatales que se encuentren próximos a cumplir los requisitos jubilatorios.
El sistema permitirá que agentes que estén a un máximo de cinco años de acceder a la jubilación ordinaria puedan incorporarse voluntariamente a un esquema de transición. En ese período mantendrán su condición de agentes activos, aunque quedarán eximidos de prestar servicios efectivos.
El régimen establece una escala progresiva de haberes según el tiempo restante para jubilarse. De acuerdo con el proyecto, quienes se encuentren a un año de cumplir los requisitos percibirán el 75% del haber correspondiente a su cargo, categoría y antigüedad; a dos años, el 70%; a tres años, el 65%; a cuatro años, el 60%; y a cinco años, el 55%.
El texto aclara que durante el período de pasividad anticipada el empleador continuará reteniendo el 100% de los aportes personales y abonando la totalidad de las contribuciones patronales a la Caja de Previsión Social y a la Caja de Servicios Sociales. Además, el tiempo transcurrido bajo este régimen se computará como servicio con aportes para el cálculo de la jubilación ordinaria.
El proyecto también prevé la creación de una comisión de seguimiento de la emergencia, integrada por representantes de cada bloque legislativo y un representante del Poder Ejecutivo, con el objetivo de monitorear la aplicación de las medidas adoptadas y garantizar el acceso a la información sobre su implementación.

