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Santa Cruz reglamentó la Ley de Copa de Leche y Refuerzo Alimentario Escolar

El Gobierno de Santa Cruz avanzó con la reglamentación definitiva de la Ley Provincial N° 3979, que crea el Programa Provincial “Copa de Leche y Refuerzo Alimentario Escolar”, destinado a garantizar un aporte nutricional diario para estudiantes de instituciones educativas públicas de toda la provincia. La norma había sido sancionada por la Honorable Cámara de […]

El Gobierno de Santa Cruz avanzó con la reglamentación definitiva de la Ley Provincial N° 3979, que crea el Programa Provincial “Copa de Leche y Refuerzo Alimentario Escolar”, destinado a garantizar un aporte nutricional diario para estudiantes de instituciones educativas públicas de toda la provincia.

La norma había sido sancionada por la Honorable Cámara de Diputados el 27 de noviembre de 2025 y establece la implementación de un sistema alimentario escolar orientado a fortalecer la nutrición y acompañar el desarrollo físico y cognitivo de niños, niñas y adolescentes, además de contribuir a la permanencia dentro del sistema educativo.

Entre los principales puntos contemplados por la ley se incluye la provisión diaria de copa de leche, desayuno o merienda saludable y refuerzos alimentarios con valor nutricional. Asimismo, prevé menús adaptados para estudiantes con condiciones específicas de salud, como celiaquía, diabetes o distintas intolerancias alimentarias.

Inicialmente, el artículo 4 de la legislación establecía que la autoridad de aplicación sería el Consejo Provincial de Educación, en coordinación con los ministerios de Salud y Ambiente y de Desarrollo Social, Igualdad e Integración.

Sin embargo, posteriormente el Poder Ejecutivo realizó una observación parcial sobre ese artículo mediante el Decreto 1153/25. La modificación fue aceptada por la Cámara de Diputados a través de la Resolución N° 085, aprobada el 23 de abril de 2026.

Con la firma del gobernador Claudio Vidal y del ministro de Desarrollo Social, Igualdad e Integración, Sebastián Georgion, se estableció finalmente que será el Poder Ejecutivo Provincial quien determine la autoridad de aplicación de la ley.

De acuerdo al texto definitivo, esta modificación busca otorgar mayor flexibilidad administrativa para coordinar y ejecutar el programa alimentario en todo el territorio provincial.

La legislación también fija que los fondos destinados al programa tendrán carácter prioritario e intransferible y dispone que la Provincia deberá garantizar la continuidad del sistema aun en casos de insuficiencia de recursos nacionales.

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