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El municipio envió al Concejo el acuerdo por el cual Brest S.A. donará asfalto

La Municipalidad de Pico Truncado envió al Honorable Concejo Deliberante el acuerdo por el cual la empresa Brest S.A. donará 15.000 m2 de mezcla asfáltica en caliente para pavimentar algunas calles de la zona industrial, entre ellas las arterias donde se encuentran la base y la planta deshidratadora de la mencionada compañía.  El municipio envió […]

La Municipalidad de Pico Truncado envió al Honorable Concejo Deliberante el acuerdo por el cual la empresa Brest S.A. donará 15.000 m2 de mezcla asfáltica en caliente para pavimentar algunas calles de la zona industrial, entre ellas las arterias donde se encuentran la base y la planta deshidratadora de la mencionada compañía. 

El municipio envió la documentación en respuesta a la Resolución HCD N°059/2026 aprobada el 12 de agosto durante la Séptima Sesión Ordinaria. El proyecto de resolución había sido presentado por el concejal Carlos Morón (h) luego del anuncio efectuado por el intendente Pablo Anabalón durante los festejos por el 105° Aniversario de la ciudad.

En aquella oportunidad, mientras se inauguraba el nuevo Cuartel de Bomberos N°29, Anabalón anunció la pavimentación de tres kilómetros de calles en la zona industrial. Minutos después, durante el desfile conmemorativo, Anabalón le hizo entrega a Matías Rodríguez, presidente de la empresa Brest S.A., el “instrumento legal” que contenía el Acuerdo de Donación que la compañía había firmado con el municipio.

Se desconoce cuál es ese instrumento legal que el mandatario entregó el 11 de julio a los responsables de la empresa porque el Decreto N°2699, por el cual se acepta el acuerdo de donación, está fechado el 11 de agosto, un mes después del anuncio y un día antes de que los ediles aprobaran por unanimidad el pedido de informes.

La resolución y la respuesta

El proyecto de resolución aprobado por el Concejo Deliberante solicitaba que el Ejecutivo municipal remitiera una copia del acuerdo, enviara una copia del contrato suscripto con la empresa contratista que ejecutará la obra y la documentación técnica presentada ante la Subsecretaria de Medio Ambiente Zona Norte. Esta última área, según lo dicho por el concejal Morón (h) en la Séptima Sesión Ordinaria, no contaba hasta ese momento con ningún tipo de información al respecto.

Además, pedía especificaciones técnicas del material donado (composición química, origen y trazabilidad); certificados de aptitud técnica y ambiental que habiliten su uso en vía pública urbana; dictamen e intervención de Medio Ambiente municipal; procedencia del material donado, tratamiento y disposición final de residuos; y plazos de ejecución, garantías de la obra y responsable del mantenimiento posterior.

El expediente municipal que ingresó al Concejo Deliberante el lunes 7 de septiembre contiene la copia del acuerdo firmado entre la Municipalidad y Brest S.A.; el Decreto N°2699; y el informe técnico para la provisión y colocación de mezcla asfáltica en caliente elaborado por Enerpetrol S.R.L., una empresa con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que ofrece soluciones integrales de ingeniería, construcción y mantenimiento de infraestructura para la industria petrolera.

Detalles del acuerdo y contradicciones

El miércoles 8 de julio, el intendente Pablo Anabalón y el titular de Brest S.A., Matías ‘Pipi’ Rodríguez, firmaron el Acuerdo de Donación por el cual la empresa donaba, y el municipio aceptaba, un total de 15.000 m2 de asfalto para pavimentar algunas calles de la zona industrial de Pico Truncado.

El acuerdo estipula la pavimentación de las calles Santiago del Estero, desde Ruta Provincial N°12 hasta calle Joaquín Lluis (camino al cementerio); Mercedes Bernabela Cancina (excalle Entre Ríos), entre Santiago del Estero y la planta de la empresa Brest S.A.; San Juan, entre Mercedes Bernabela Cancina y Ruta Provincial N°12 (pasando por la Planta Deshidratadora de Brest Energy); y Santos Arroyabe, entre calles Santiago del Estero y Salta.

Las cuadras que serán pavimentadas con el asfalto donado según el acuerdo.

Como ya ocurrió en oportunidades anteriores con actas o acuerdos firmados por el municipio, existen algunas incongruencias y errores en el escrito. El acuerdo está diagramado con “artículos” mezclado con supuestas cláusulas en el mismo texto: aparecen los artículos 1, 2, 3 y 4; y a partir de ahí a los demás puntos se los menciona como Quinta, Sexta y Séptima. A ello se le suma una contradicción sobre quien, finalmente, llevará a cabo la obra de pavimentación.

El Articulo 2 menciona que “el asfalto será aplicado por la donante” (Brest S.A.) en las calles mencionadas, “siempre y cuando la donataria (Municipalidad) tenga preparadas las calzadas”. Es decir, el municipio tiene que efectuar los movimientos preliminares de suelo. Sin embargo, la cláusula Sexta reza: “Se deja constancia que las obras a realizar con lo donado, serán ejecutadas por la donataria, corriendo por su exclusiva cuenta, cargo y riesgo todas las responsabilidades, consecuencias y obligaciones de ellas, otorgando indemnidad total a la donante”.

La Quinta cláusula del acuerdo indica que el municipio asume el compromiso de realizar todos los actos administrativos para perfeccionar “la aceptación de la presente donación”, dándole participación al Concejo Deliberante. Pero, según fuentes consultadas, el acuerdo nunca fue enviado al Cuerpo Deliberativo para su análisis y aprobación. Recién fue remitido este lunes como parte de la respuesta a la Resolución HCD N°059/2026.

Por su parte, otra curiosidad aparece en la séptima y última cláusula. Este punto señala de manera textual que “para cualquier divergencia que pudiere surgir sobre la interpretación y/o ejecución de este acuerdo, las partes acuerdan resolver todas las diferencias en forma amistosa, sin embargo, sino (sic) pudiera llegarse a un acuerdo se someten a la competencia de los tribunales ordinarios de la ciudad de Pico Truncado”. Se podría llegar a entrever, entonces, que el acuerdo no está del todo claro.

Por último, el Artículo 3 refiere a la prevención de lavado de activos, donde Brest S.A. declara que el dinero para adquirir los bienes donados proviene de actividades licitas; y el Articulo 4 aclara que ni funcionarios ni empresarios ofrecieron o pagaron, u ofrecerán o pagarán, soborno o cualquier cosa de valor para obtener cualquier ventaja indebida u obtener o dirigir negocios relacionados con cualquiera de sus actividades.

Un día antes de la firma del acuerdo, el martes 7 de julio, los concejales Juan Silva, Tamara Vera y Marcos Flores, en sesión extraordinaria, aprobaron el cambio de nombre de la calle Entre Ríos por el de Mercedes Bernabela Cancina, vecina de la localidad y madre de Matías ‘Pipi’ Rodríguez, presidente de Brest S.A., y de Hugo Rodríguez, titular de Memcap. El intendente Pablo Anabalón fue quien propuso el cambio de nombre de la calle y realizó la convocatoria a sesión extraordinaria.

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